La Revista Espacios Públicos en su Nueva Época, presenta la consolidación de una identidad académica e institucional que se genera a partir del nombre de la Facultad de Ciencias Políticas y Sociales de la Universidad Autónoma del Estado de México, constituyéndose como un medio para la publicación científica de las ciencias sociales y las humanidades. Es de periodicidad anual. La Revista Espacios Públicos se distingue por ser una publicación conformada por la participación plural e integral de científicos, intelectuales y expertos capacitados para el desempeño académico y profesional. en su Nueva Época, se erige como plataforma en la cual se exponen conocimientos de excelencia y de vanguardia académica socialmente relevantes y que promueven el debate respetuoso desde la transdisciplinariedad y el pluralismo teórico metodológico.
El enfoque y alcance de la revista: A partir de la Nueva Época la Revista tiene por objetivo dar a conocer lo más relevante sobre temas alusivos a los campos del conocimiento de las políticas públicas y gobernanza, sociedad civil, comunicación y redes sociales, población y territorio, desde diversas perspectivas y metodologías. Tanto en colaboraciones como en consulta el impacto de la REP es internacional con presencia en América, Europa y Asia.

Lineamientos generales

  1. Los escritos deberán ser trabajos originales e inéditos con temas de investigación en Ciencias Políticas y Ciencias Sociales que no hayan sido enviados a revisión y no se encuentren publicados, parcial ni totalmente, en ninguna otra revista científica, nacional o extranjera. Así mismo el autor (es) deberá reconocer que no existen compromisos ni obligaciones financieras con organismos estatales ni privados que puedan afectar el contenido, resultados o conclusiones de sus respectivas publicaciones.
  2. Los textos pueden ser artículos, ensayos, y reseñas de libros.
  • Los artículos y ensayos deben ser trabajos estrictamente científicos con una extensión mínima de 15 cuartillas y máxima de 30 cuartillas. Apegado a las directrices para autores.
  • Las reseñas deben ser sobre libros relacionados con las ciencias políticas y sociales cuya publicación sea reciente . Contará con una extensión mínima de 5 cuartillas y máximo de 10 cuartillas. La reseña deberá estar apegada a las directrices para autores.
  1. Se aceptan trabajos en español, inglés y portugués.
  2. Un autor no podrá publicar más de una vez en un mismo fascículo.
  3. Responsabilidades y garantías.

Importante: para la recepción de los artículos, ensayos y reseñas es necesario el llenado y envío de los siguientes documentos:  Declaratoria de originalidadficha de identificación y licencia de uso. De otra forma no se iniciará el proceso. (Recuerde descargarlo, llenarlo y enviarlo junto con su artículo/ensayo/reseña)

PARA ARTÍCULOS Y ENSAYOS

1.Todo artículo o ensayo deberá tener una metodología discursiva que incluya los siguientes apartados: título en idioma original y en Ingles, nombre del autor, resumen, cinco palabras clave que se encuentren dentro del Tesauro de la UNESCO (El resumen y las palabras clave se presentarán en el idioma original y en inglés).

2.Las aportaciones deberán contener un resumen de entre 100 y 150 palabras, el cual deberá señalar el objetivo, la metodología y los resultados o conclusiones principales del trabajo.

  1. Sólo se aceptarán documentos presentados por un máximo de cuatro autores, el primer nombre que aparezca en el trabajo se considerará autor principal y único medio de contacto en el proceso editorial, el o los siguientes será(n) coautores.
  2. La extensión de los escritos deberá ser de 15 cuartillas como mínimo (en texto), y 30 como máximo (incluida bibliografía y anexos).
  3. El tipo y tamaño de letra a utilizar en los trabajos será Times New Roman, a 12 puntos, con un interlineado de 1.5, texto justificado, con unificación de títulos y subtítulos (en negritas) alienados a la izquierda y sin agregar espacio después del párrafo (Ver el formato de ejemplo).
  4. Se recomienda la inclusión de subtítulos cada dos cuartillas, aproximadamente. Los títulos y subtítulos podrán ser modificados por el Comité Editor. No se aceptan epígrafes al inicio del trabajo.
  5. Las siglas deben ir desatadas la primera vez que aparezcan en el texto y después de un título, seguido de la sigla entre paréntesis. Ejemplo: Organización de las Naciones Unidas (ONU).
  6. Las notas a pie de página se deberán utilizar con carácter aclaratorio o explicativo y no se deberán utilizar para indicar o hacer referencia a fuentes bibliográficas.
  7. Las gráficas, cuadros y esquemas deberán ser ordenados numéricamente (números arábigos), de acuerdo con la secuencia de aparición en el texto, así como referenciar la fuente (pie de figura). El formato para gráficas deberá ser editable o con formato abierto y enviado en archivo adjunto, sin ningún tipo de resaltado o textura. Tampoco deberán ser copia de internet. En el caso de las imágenes deberán enviarse en el formato original de creación JPG. Sólo se admitirán fotografías en casos excepcionales. El autor (es) será responsable de obtener los permisos para la reproducción de aquellos materiales con derechos de autor, para lo cual deberá anexar copia de los respectivos permisos a la revista.
  8. Las referencias bibliográficas utilizadas en el texto seguirán el sistema autor-fecha, también conocido como Sistema Harvard, numeradas y en orden alfabético. Se elaboran bajo el siguiente formato: apellido del autor, año de edición: página o páginas. Todo lo anterior deberá ir entre paréntesis.Las referencias bibliográficas deberán estar sistematizadas a través del formato de los procesadores de texto.
  9. Todos los artículos y ensayos serán analizados por el software anti plagio iThenticate.El porcentaje máximo de similitud es del 30%, cualquier cifra mayor es motivo para rechazar el documento.
  10.  Las referencias bibliográficas deberán estar sistematizadas a través del formato de los procesadores de texto.

Ejemplos:

  • Citas textuales:

“La diputación provincial fue la institución más interesante, entre las establecidas por la Constitución española de 1812” (Benson, 1980: 11).

Benson menciona que “La diputación provincial fue la institución más interesante, entre las establecidas por la Constitución española de 1812” (1980: 11).

  • Más de tres autores (Álvarez et al., 1990: 23).
  • Si se refiere a la idea global de un autor, se indica autor y año: Por un lado señala Benson (1980) que el virrey ejecutaba lentamente los mandatos de la constitución...
  • Si el autor tiene más de una publicación del mismo año, deben ordenarse alfabéticamente y se les distinguirá con una letra minúscula después del año: (Uvalle, 2003a: 90) y (Uvalle, 2003b: 75).
  • Información sin autor, contenida en prensa. Periódico, fecha abreviada: página sección. (La Calle, 08/03/2002: 3C). Si es con autor (Carmona, 24/06/2003: 6 El Nacional).
  • Leyes: Autor, año: artículo (ife, 1999: Artículo 15).
  1. La bibliografía empleada en el trabajo se enlistará de forma alfabética y numerada; únicamente la bibliografía que sea citada en el documento. Se consigna al final del texto bajo el sistema Harvard. Apellido(s) y nombre(s) completo(s), año entre paréntesis, título en cursivas, número de edición (no se anota si es la primera edición), lugar, editorial. En el caso de la bibliografía no se acepta colocar la abreviación et al. para obras con dos autores o más.

Ejemplos:

Libro

Benson, Nettie Lee (1980), La diputación provincial y el federalismo mexicano, 2a ed., México, El Colegio de México / LI Legislatura Cámara de Diputados.

Álvarez, Norma et al. (1990), Reforma del sistema político mexicano, México, Diana.

Obras de instituciones

Nombre de la institución, año, título y ciudad.

UAEM (Universidad Autónoma del Estado de México) (2002), Programa de estímulos al desempeño del personal docente, Toluca.

Revista

Aguilar Hernández, Felipe (2001), “La universidad y las profesiones del nuevo milenio”, en Revista Espacios Públicos, año 4, núm. 8, Toluca, uaem, Facultad de Ciencias Políticas y Administración Pública, pp. 231-249.

Periódico

Nombre del periódico, fecha abreviada, título del trabajo, ciudad, país.

La Calle, 24/06/2003, “Demandará diputado Emilio Ulloa a procurador mexiquense por difamación”, Toluca, México.

Carmona Soto, Aída (2003), “Espacios Públicos logra una presencia internacional”, en La Calle, 24 de junio, Toluca, México.

Leyes

Autor, año, nombre de la ley, ciudad.

IFE (Instituto Federal Electoral) (1999), Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, México.

Diccionario

Debbasch, Charles et al. (1985), Diccionario de términos políticos, Bogotá, Ed. Temis. Diccionario Oxford Escolar (1996), México, Oxford University Press.

Enciclopedia

Enciclopedia de México (1987), t. 9, México, sep.

Documentos electrónicos

Responsabilidad principal, título, tipo de soporte [en línea, CD-ROM, cinta magnética, disquete], lugar de publicación, editorial, fecha de edición.

Monterroso Salvatierra, Neptalí (2000), “La participación de la sociedad civil en el manejo de los recursos forestales”, en Seminario-taller internacional sobre metodologías participativas para el desarrollo forestal sostenible [CD-ROM], Petén Guatemala, 3-7 de abril.

Internet

Responsabilidad principal, título, fecha de la cita, disponibilidad y acceso.

Salazar Medina, Julián (2003), Reseña histórica, s/f, en http://l48.215.9-2/his.html, consultado el 16 de octubre de 2003

Obras del mismo autor y año

Si de un mismo autor existen varias referencias de un mismo año, se especifican los años seguidos de un orden alfabético.

Uvalle, Ricardo (2003a), “El servicio profesional y la nueva gerencia pública en México”, en Memoria del Foro Profesionalización del servicio público en México: hacia la innovación y la democracia, México, Gárgola Ediciones, pp. 89-90.

Uvalle, Ricardo (2003b), La ética del servidor público, Toluca, IAPEM.

PARA RESEÑAS:

  1. Las reseñas deberán ser sobre libros relacionados con las Ciencias Políticas y Administración Pública, cuya publicación sea, como máximo, de tres años previos a la fecha de publicación de la revista.
  2. Sólo se aceptarán reseñas presentadas por un solo autor.
  3. Las reseñas tendrán una extensión de cinco cuartillas como mínimo y máximo 10 cuartillas, y deberán utilizar el tipo de letra Times New Román, a 12 puntos, con un interlineado de 1.5.
  4. La reseña deberá tener un título diferente al del libro que se presenta.
  5. El autor deberá anexar la portada de la reseña del libro en formato JPG, además deberá añadir los siguientes datos: título de libro, autor (es), año, editorial, país, número de páginas y número ISBN).
  6. Las reseñas serán seleccionadas por el Comité Editorial de la revista en función de su calidad y actualidad.

Contribuciones fotográficas para portada de la revista

1.Los trabajos fotográficos deberán de ser originales, inéditos, no haber sido enviados a revisión al mismo tiempo a otras publicaciones, además de no encontrarse publicados, parcial ni totalmente, en ninguna otra portada, nacional o extranjera. Así mismo, el autor(es) deberá reconocer que no existen compromisos ni obligaciones financieras con organismos estatales ni privados que puedan afectar el contenido, resultados o conclusiones de sus respectivas publicaciones.

2.El contenido de las fotografías debe ser exclusivamente relacionado con el espacio público o con la temática editorial de la revista.

3.Las fotografías no deben contener símbolos de carácter religioso o afinidad a algún partido político, administración o figura pública que tergiverse los intereses meramente científicos de la revista.

4.El formato de la fotografía deberá estar ajustado a 300 dpi que requiere como mínimo la impresión de los ejemplares de la revista.

5.El nombre del autor deberá ir acompañado de los siguientes datos en el orden establecido en este punto: nacionalidad, ocupación actual, teléfono de contacto principal y secundario (incluir clave LADA), domicilio, correo electrónico y contacto en redes sociales (en caso de contar con cuenta). Además de contener los siguientes datos sobre la obra: Título y Lugar dónde se tomó la fotografía.

6.Las fotografías estarán sujetas a una revisión de contenido para poder ser consideradas como apropiadas para publicarse. La publicación de las obras para portada estará sujeta al número y orden en que la revista haya recibido colaboraciones.

7.Una vez acreditado el dictamen editorial se procederá a la firma de la declaratoria de originalidad (Descargable aquí), la cual deberá ser remitida (vía correo electrónico) a la revista.

8.La revista deberá publicarse de manera anual, Espacios Públicos se reserva el derecho de adelantar o posponer la publicación de las fotografías aceptadas.

  1. Así como efectuar su distribución al público en el número de ejemplares que se requieran y su comunicación pública, en cada una de sus modalidades, incluida la puesta a disposición del público a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, para fines exclusivamente científicos, culturales, de difusión y sin fines de lucro. Para ello el autor (es) debe remitir (vía correo electrónico) el formato de Carta-Cesión de la Propiedad de los Derechos de Autor (Descargable aquí) debidamente requisitada y firmada por el autor(es).

10.El autor de la obra recibirá una constancia, expedida por la revista, que avale que su trabajo ha sido publicado en alguno de los números.

Los autores son responsables de y deben garantizar:

  • Que sus contribuciones son originales, derivadas de la investigación bajo estrictas normas éticas.
  • Que no han sido publicadas ni presentadas en ningún otro medio de comunicación.
  • Que enviaran al editor vía correo-e una copia de su colaboración.
  • Que cumplen con todas y cada una de las políticas de la revista EP.
  • Que enviarán los formularios requeridos.
  • Que postular una colaboración da por hecho que autor y coautores han leído y están de acuerdo con las políticas editoriales.
  • Que en sus contribuciones aparezca específicamente escrito, en caso de existir, algún conflicto financiero, político o de otro tipo que pudiera influir en los resultados o interpretación de su trabajo.
  • Que si llega a descubrir algún error o imprecisión en su contribución notificará inmediatamente al editor para tomar las medidas adecuadas.

Los editores son responsables de y deben garantizar:

  • La recepción y revisión de todas y cada una de las contribuciones, sin excepción alguna y sin discriminación de ninguna clase.
  • Revisar que las contribuciones cumplan con las políticas editoriales.
  • Notificar al autor(es) de cualquier decisión tomada durante la revisión y el arbitraje.
  • Atender todas las dudas de los autores que se generen durante la recepción y el arbitraje.
  • Vigilar que no se revelen los nombres de los autores durante el proceso de arbitraje y  los nombres de los dictaminadores permanecerán en el anonimato.
  • Que el proceso de arbitraje se realice de manera imparcial., justa y objetiva.
  • Que el contenido de la contribución sea exclusivamente para el uso de su publicación.

Los árbitros externos son responsables de y deben garantizar:

  • La confidencialidad de las contribuciones en el proceso de arbitraje.
  • Ninguna contribución será utilizada total o parcialmente para obtener ventajas personales.
  • Notificar al editor de cualquier conducta no ética por parte de los autores.
  • Arbitrar las contribuciones considerando todas las políticas establecidas por el editor.
  • Aportar comentarios que permitan justificar la decisión sobre el dictamen.
  • Notificar al editor en caso de carecer de competencias o tiempo para emitir el dictamen en el periodo acordado.
  1. De la colaboración.

En la primera página de la colaboración, después del título en español e inglés, deberá registrarse el nombre del autor(es) con clave ORCID, nacionalidad, institución a la que está vinculado, país y correo electrónico. nombre del autor deberá ir acompañado de sus datos curriculares más importantes, como la especialidad de sus estudios, institución, nacionalidad, ocupación actual, teléfono(s), domicilio y correo electrónico En caso de haber más de dos autores, el primer nombre que aparezca se considerará autor principal y el o los siguientes será(n) coautores.

  1. De la dictaminación
  • Las colaboraciones serán sometidas, en primera instancia, a un dictamen editorial para verificar que cumplan con todos los lineamientos establecidos.
  • Todas las colaboraciones serán enviadas a dos pares académicos quienes dictaminarán de forma anónima si el documento a) Es aprobado y será publicado tal y como está por su coherencia, estructura, organización, redacción y metodología, b) Es aprobado con modificaciones menores, c) Es condicionado y puede ser publicado pero con modificaciones sustanciales, d) No será publicado debido a que no reúne los requerimientos de contenido de la revista. En caso de controversia en los resultados, se enviará a un tercer dictaminador cuya decisión determinará la publicación o no de la contribución. El resultado del dictamen se hará llegar al autor o autora y será inapelable. Se dará como tiempo límite un mes para que el autor realice, en su caso, las correcciones solicitadas por el dictaminador, de lo contrario, el manuscrito se considerará rechazado. El límite para reenvíos de un trabajo será de 3 ocasiones, después de ello el artículo será rechazado por superar dicho límite.
  • El sistema de arbitraje recurre a evaluadores tanto externos como internos a la entidad que la pública, quienes son investigadores y profesores con reconocido prestigio nacional e internacional, implementando así un sistema objetivo para salvaguardar la confidencialidad tanto del autor como del dictaminador de los documentos, así como para asegurar la imparcialidad de los dictámenes, éstos se realizan con el sistema doble ciego y los resultados obtenidos se conservan bajo el resguardo del Comité Editor.
  1. Del proceso para la publicación.
  • Una vez que el trabajo ha sido aprobado para su publicación el autor(es) cederá la propiedad de los derechos de autor a Espacios Públicos para que su artículo y materiales sean reproducidos, publicados, editados, fijados, comunicados y transmitidos públicamente en cualquier forma o medio, incluido internet, en la modalidad open access; así como efectuar su distribución al público en el número de ejemplares que se requie­ran y su comunicación pública, en cada una de sus modalidades, incluida su puesta a disposición del público a través de medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología, para fines exclusivamente científicos, culturales, de difusión y sin fines de lucro. Para ello, el o los autores deben remitir el formato de Carta-Cesión de la Propiedad de los Derechos de Autor (que se puede consultar en la página web de la revista) debidamente requisitado y firmado por el autor(es).
  • De acuerdo con los criterios de contenido de la publicación, Espacios Públicos, se reserva el derecho de adelantar o posponer la publicación de los artículos aceptados.
  1. Revista de Acceso Abierto

Espacios Públicos es una revista que se apega a los principios de acceso abierto, en la Universidad Autónoma del Estado de México (UAEMex) estamos convencidos que el conocimiento genera desarrollo; la ciencia debe ser libre, y nadie debería pagar por tener acceso a ella, sobre todo si es resultado de investigaciones financiadas con fondos públicos.

La recepción y procesamiento de artículos no tiene costo.

La recepción, procesamiento, publicación y envío de ejemplares a autores de colaboraciones aceptadas es totalmente gratuito, así mismo los intercambios con instituciones asociadas a esta publicación.

Declaración de privacidad

Los nombres y las direcciones de correo electrónico introducidos en esta revista se usarán exclusivamente para los fines establecidos en ella y no se proporcionarán a terceros o para su uso con otros fines.

Responsabilidad del Consejo Editorial

El Consejo Editorial proporciona retroalimentación y apoyo a el/la director(a) y el/la editor(a) asociado sobre la dirección y el contenido de la revista. El Consejo Editorial puede sugerir temáticas o ediciones especiales para la publicación de artículos, y endorsa a Espacios Públicos entre sus colegas para promover el envío de artículos a la revista.

Responsabilidades del/ la director(a)

El/la director(a) se debe responsabilizar por todo lo publicado en Espacios Públicos. El/la director(a) deberá esforzarse por satisfacer las necesidades de los lectores y autores; por mejorar constantemente la revista; por asegurar la calidad del material que publica; por impulsar los estándares académicos y científicos. Por otra parte, el/la director(a) deberá estar dispuesto a publicar correcciones, aclaraciones, retractaciones y disculpas cuando sea necesario.

La decisión del/la director (a) de aceptar o rechazar un trabajo para su publicación debe estar basada únicamente en la importancia del artículo, la originalidad, la claridad y la pertinencia que el trabajo represente para la revista.

El/la director(a) se compromete a garantizar la confidencialidad del proceso de evaluación.

El/la director(a) dará seguimiento al proceso editorial de los manuscritos.

En particular, el/la director(a) recibirá los envíos, definirá si son aptos para la revista y en su caso, asignará un(a) Editor(a) Asociado(a) para llevar a cabo el proceso de evaluación y revisión de arbitraje.

Responsabilidades del/la Editor(a) Asociado(a)

Un(a) Editor(a) Asociado(a) debe evaluar los manuscritos y su contenido intelectual sin distinción de raza, género, orientación sexual, creencias religiosas, origen étnico, nacionalidad, o la filosofía política de los autores.

El/la Editor(a) Asociado(a) asignarán los/las dictaminadores(as) para la evaluación de los manuscritos y tomará en consideración las opiniones emitidas por los/las revisores(as) para enviar al/ la director (a) su recomendación sobre el manuscrito.

El/la Editor(a) Asociado(a) se compromete a dar seguimiento al proceso de evaluación de los manuscritos que están encomendados. En caso de no poder seguir con sus funciones debe de notificarlo al/ la director (a).

El/la Editor(a) Asociado(a) y cualquier equipo editorial no divulgarán ninguna información sobre un manuscrito enviado a cualquier persona que no sea el autor correspondiente, dictaminadores, dictaminadores potenciales u otros asesores editoriales.

Todos los materiales inéditos dados a conocer en un manuscrito enviado no se utilizarán en investigaciones personales de un(a) editor(a) sin el consentimiento expreso y por escrito del/ la  autor (a). Información privilegiada o las ideas obtenidas a través de la revisión por pares serán confidenciales y no se utilizarán para obtener ventajas personales. Los/las editores(as) deben tomar decisiones justas e imparciales y garantizar un proceso de revisión por pares justa y apropiada.

Responsabilidades de los/las autores(as)

Los/las autores(as) deben garantizar que sus manuscritos son producto de su trabajo original y que los datos han sido obtenidos de manera ética. Además, deben garantizar que sus trabajos no han sido previamente publicados o que no estén siendo considerados en otra publicación. Se considerará a un trabajo como previamente publicado cuando ocurra cualquiera de las siguientes situaciones:

– Cuando el texto completo haya sido publicado.

– Cuando fragmentos extensos de materiales previamente publicados formen parte del texto enviado a la revista.

– Cuando el trabajo sometido a la revista esté contenido en memorias publicadas in extenso.

Estos criterios se refieren a publicaciones previas en forma impresa o electrónica, y en cualquier idioma.

Para la publicación de sus trabajos, los/ las autores (as) deben seguir estrictamente las normas para la publicación de artículos definidas por el Comité Editorial.

Los/las autores(as) de los informes de investigaciones originales deben presentar una descripción precisa del trabajo realizado, así como una discusión objetiva de su importancia. Los datos subyacentes deben estar representados con precisión en el artículo. Un documento debe contener suficiente detalle y referencias para permitir a otros utilizar el trabajo. Declaraciones fraudulentas o deliberadamente inexactas constituyen un comportamiento poco ético y son inaceptables.

Los/las autores(as) deben asegurarse de que han escrito en su totalidad las obras originales, y si los/ las autores (as) han utilizado el trabajo o palabras de otros tiene que ser debidamente citado. El plagio en todas sus formas constituye una conducta no ética editorial y es inaceptable. En consecuencia, cualquier manuscrito que incurra en plagio será eliminado y no considerado para su publicación.

El/la autor(a) deberá garantizar que su trabajo es original. Se considerará una falta ética el envío de un manuscrito redundante, que en realidad es una publicación repetida a la que se añade material nuevo, por lo regular no relevante, para que parezca otro artículo. Un autor no debería, en general, publicar los manuscritos que describen esencialmente la misma investigación en más de una revista o publicación primaria. La presentación del mismo manuscrito a más de una revista constituye un comportamiento poco ético y la publicación es inaceptable.

Se deben de reconocer las fuentes adecuadamente. Los/las autores deben citar las publicaciones que han sido influyentes en la naturaleza del trabajo presentado. La información obtenida de forma privada, como en conversaciones, correspondencias o discusiones con terceros, no debe ser usada sin explícito permiso escrito de la fuente.

La autoría debe limitarse a aquellos que han hecho una contribución significativa a la concepción, diseño, ejecución o interpretación del estudio. Todos aquellos que han hecho contribuciones significativas deben aparecer como coautores. El/la o los/las autores principales deben asegurar que todos los coautores se incluyan en el artículo, y que todos han visto y aprobado la versión final del documento y han acordado su presentación para su publicación.

Cuando un(a) autor(a) descubre un error o inexactitud significativa en su obra publicada, es su obligación notificar de inmediato al/ la editor(a) de la revista o Comité Editorial y cooperar con el/la editor(a) para retractarse o corregir el documento.

Responsabilidades de los/las dictaminadores(as)

Los/las dictaminadores(as) se comprometen a notificar sobre cualquier conducta no ética por parte de los/las autores(as) y señalar toda la información que pueda ser motivo para rechazar la publicación de los artículos. Además, deben comprometerse a mantener de manera confidencial la información relacionada con los artículos que evalúan.

Todo dictaminador(a) debe notificar en el menor tiempo posible si está en la posibilidad de hacer la revisión de arbitraje, o si no se encuentra disponible.

Cualquier manuscrito recibido para su revisión debe ser tratado como un documento confidencial. No se debe mostrar o discutir con otros expertos, colegas, o estudiantes.

Los/las dictaminadores(as) se deben conducir de manera objetiva. Toda crítica personal al/ la autor(a) es inapropiada. Los/las dictaminadores(as) deben expresar sus puntos de vista con claridad y con argumentos válidos, realizando en la medida posible críticas constructivas para el mejoramiento del manuscrito.

Toda información privilegiada o las ideas obtenidas a través de la revisión por pares deben ser confidencial y no se utilizará para obtener ventajas personales.

Nota: Una vez iniciado el proceso, el autor se compromete a estar al tanto del estatus de su documento en la plataforma y a responder en tiempo y forma, especialmente durante la fase de ajuste resultado de un dictamen favorable, del cual se le dará hasta 2 meses para ajustar su documento, si no hay respuesta después de ese lapso el proceso será desechado y la entrada de la plataforma o correo electrónico será eliminada.